El caso del niño de Clorinda sumó un nuevo y controvertido capítulo. La jueza Nadia Soledad Caballero dispuso su egreso definitivo de la Residencia Socioeducativa “Remedios Escalada de San Martín”, pero resolvió conceder la guarda a su abuela materna “sin límite de tiempo” y hasta que el propio juzgado disponga lo contrario.
La resolución fue dictada este 9 de septiembre y establece que la abuela queda facultada para adoptar decisiones vinculadas con la vida cotidiana del menor, educación, salud, tratamientos médicos y psicológicos, actividades y viajes dentro del país, entre otras cuestiones, sin necesidad de autorización de la progenitora.
Al mismo tiempo, el juzgado calificó la medida como “provisoria y excepcional” y condicionó una eventual revisión para que la madre reasuma el cuidado directo de su hijo al cumplimiento de tratamientos psicológico semanal y psiquiátrico mensual previamente ordenados.

La decisión provocó una dura reacción de Gabriela Neme, abogada de la madre, quien anticipó que recurrirá el fallo y cuestionó que, según sostiene, el niño no haya sido oído antes de resolverse dónde y con quién deberá vivir.
“La jueza Caballero no lo escuchó . No veló por decidir teniendo en cuenta el interés superior del niño y encima lo manda a vivir a 200 kilómetros de su mamá y sus hermanas”
La letrada también puso el foco sobre un antecedente judicial de 2020 en Corrientes, documentación a la que accedió Algo está pasando. En una audiencia del 17 de noviembre de aquel año, cuando el niño tenía cinco años, la jueza de Familia N°1 cuestionó expresamente la conducta de la abuela.

Según consta en aquella actuación, la magistrada consideró “ilegítima” la conducta de la mujer y señaló que no existía una orden judicial que impidiera a la madre ejercer sus derechos parentales. También dejó asentado que el niño había permanecido durante aproximadamente dos meses en el domicilio de la abuela sin contacto con su madre, situación que, según la jueza correntina, agravaba severamente el conflicto.
Aquella audiencia terminó con una determinación opuesta a la adoptada ahora en Clorinda: se estableció que el niño debía regresar con su madre, mientras se fijó para la abuela un régimen de comunicación semanal, los sábados de 9 a 17 horas.
Neme utilizó ese antecedente para cuestionar la decisión actual de Caballero. La abogada calificó lo ocurrido en 2020 como un “secuestro” y una obstrucción del vínculo materno; esa caracterización corresponde a la letrada y no surge con esos términos del acta judicial, que sí registra que la abuela mantuvo al niño consigo durante dos meses sin contacto con la madre y que la jueza consideró ilegítima esa conducta.
“Vamos a apelar y llegaremos a la Corte”, anticipó Neme. Además, aseguró que la situación está provocando un grave perjuicio emocional al niño y reclamó consecuencias institucionales: “Hay que destituir a esa jueza y a la asesora de menores”.
De esta manera, el niño dejó de estar institucionalizado, pero no regresará por ahora con su madre. La nueva resolución traslada su cuidado cotidiano a la abuela y abre una nueva instancia judicial, ya que la defensa de la progenitora adelantó que buscará revertir la medida ante tribunales superiores.
