El ahora destituido intendente de Villafañe, Víctor Ramón Osorio, intentó frenar judicialmente el juicio político iniciado en su contra, pero el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Formosa rechazó su pedido y se negó a intervenir en el conflicto interno entre el jefe comunal y el Concejo Deliberante.
Antes de que se concretara su destitución, Osorio se presentó ante el máximo tribunal provincial promoviendo una acción de conflicto de poderes contra el Concejo Deliberante. A través de su abogada patrocinante, solicitó una medida cautelar para mantener la situación existente y ordenar a los concejales que se abstuvieran de continuar con el juicio político.
El planteo incluso solicitaba que se aplicaran astreintes en caso de que los integrantes del cuerpo deliberativo desobedecieran una eventual orden judicial. Sin embargo, el STJ rechazó la pretensión al considerar que no estaban reunidos los requisitos necesarios para conceder una medida de esas características.

Los ministros entendieron que el pedido debía ser considerado como una medida cautelar innovativa, debido a que pretendía modificar el estado de situación existente y anticipar, aunque fuera provisoriamente, consecuencias propias de una eventual sentencia definitiva favorable a Osorio.
Por esa razón, el Tribunal señaló que su otorgamiento requería un análisis especialmente riguroso. Debía acreditarse una fuerte verosimilitud del derecho invocado y la existencia de un peligro en la demora capaz de provocar un perjuicio irreparable o de muy difícil reparación, extremos que, según los jueces, no quedaron demostrados.
Al analizar el conflicto, el STJ concluyó que no existía el grado de verosimilitud necesario para paralizar el procedimiento del Concejo Deliberante y sostuvo que las cuestiones planteadas deberán ser resueltas cuando corresponda pronunciarse sobre el fondo de la controversia.
Uno de los puntos centrales del fallo estuvo relacionado con la autonomía municipal. El Tribunal advirtió que intervenir cautelarmente podía provocar “mayores disfuncionalidades institucionales que las que se procura evitar”, al alterar el equilibrio existente entre los órganos municipales enfrentados.
El STJ recordó además su doctrina respecto de que, mientras se encuentre garantizado el derecho de defensa, el Poder Judicial no debe inmiscuirse en la autonomía municipal. Una decisión que paralizara el juicio político supondría, según señaló, una intervención directa sobre el funcionamiento de otro poder del gobierno local.
En ese sentido, los magistrados advirtieron que una medida como la solicitada implicaría una “injerencia directa del Poder Judicial en la dinámica interna de otro poder del gobierno municipal”, situación que debía analizarse con especial prudencia para no afectar la división de poderes ni el equilibrio institucional.

Finalmente, mediante el fallo N° 13.530, el Superior Tribunal rechazó la cautelar pretendida por Osorio, aunque aclaró que ello no anticipa la decisión que pueda adoptarse posteriormente respecto del fondo del conflicto planteado.
La resolución también indicó que Osorio no aportó fundamentos suficientes para demostrar ni la verosimilitud del derecho invocado ni la urgencia necesaria para justificar la intervención judicial. El pronunciamiento contó con los votos coincidentes de Guillermo Horacio Alucin, Ariel Gustavo Coll, Marcos Bruno Quinteros y Claudia María Fernández.
El revés judicial se produjo en medio de la disputa institucional que terminó finalmente con la destitución de Víctor Ramón Osorio de la Intendencia de Villafañe, luego de que fracasara su intento de conseguir que el máximo tribunal provincial paralizara el juicio político.
