Un nuevo dato vuelve a poner bajo la lupa la relación entre la actividad política y la función judicial del juez de Paz de Las Lomitas, Omar Padilla, quien quedó en el centro de la polémica nacional después de condenar a cuatro integrantes del equipo de Hambre de Futuro, de LN+, a cinco días de arresto.
Una consulta realizada en el Registro Nacional de Afiliados a Partidos Políticos arroja que Padilla continúa registrado como afiliado a un partido político de Formosa. La consulta corresponde a sus datos personales y el sistema confirma la existencia de una afiliación vigente.
De acuerdo con los antecedentes públicos recopilados por Algo está pasando, Padilla desarrolló durante años una actividad política dentro del justicialismo formoseño: fue concejal de Las Lomitas y, todavía en noviembre de 2024, era presentado públicamente como dirigente de Unidad Justicialista de esa localidad.

En julio de ese mismo año había sido identificado como “dirigente justicialista” y había realizado declaraciones explícitas en respaldo al proyecto político provincial y al gobernador Gildo Insfrán. Entre otras expresiones, afirmó que tenían a alguien que les indicaba “el camino a tomar” y señaló directamente al mandatario provincial.
Menos de nueve meses después, pasó de la militancia política pública a ocupar un juzgado.
El 28 de marzo de 2025, Padilla juró como juez de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, luego de haber sido designado por el Superior Tribunal de Justicia mediante la Resolución 184/25. El Poder Judicial confirmó oficialmente su nombramiento y actualmente continúa reconociéndolo como titular de esa dependencia.
La Constitución provincial reformada en 2025 establece una regla todavía más amplia. El artículo 184 dispone que “ningún miembro del Poder Judicial podrá actuar o intervenir en forma directa y ostensible en política”. La disposición alcanza al Poder Judicial provincial, dentro del cual la Ley Orgánica incluye expresamente a los jueces de Paz de Menor Cuantía. LeyOrganica2018
La cuestión central, entonces, no sería solamente determinar si Padilla conserva formalmente una afiliación partidaria, sino si después de asumir como juez realizó actos que puedan ser considerados participación o intervención política.

El Código de Ética
Que Padilla continúe apareciendo en un registro de afiliados adquiere relevancia por las normas que regulan la conducta política de los magistrados formoseños.
El Código de Ética para Magistrados y Funcionarios de Formosa establece en su artículo 7 que los jueces deben evitar participar en actividades políticas cuando puedan comprometer la dignidad del cargo o interferir con sus funciones judiciales.
La explicación de la propia norma es particularmente clara: considera “esencial” la prohibición de participar en actividades políticas partidarias y sostiene que “la prescindencia del magistrado en cuestiones políticas es una condición esencial del sistema judicial”. CodigoEticaMagistrados2022
El Código incluso contempla expresamente la situación de un magistrado que antes de asumir hubiera participado en partidos políticos, hubiera sido “afiliado o simpatizante”. No establece allí que esa afiliación anterior determine automáticamente una incompatibilidad, pero sí exige que, desde el momento de asumir, se abstenga de realizar cualquier actividad que pueda interpretarse como apoyo a un partido o sector político.
Por su parte, el artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Formosa establece que “es incompatible la magistratura y la función judicial con toda actividad de proselitismo político”. También obliga a los magistrados a mantener una conducta acorde con la jerarquía de su función y considera falta grave aquella que comprometa la dignidad del cargo. LeyOrganica2018
Por eso, la aparición de Padilla en el registro de afiliados no permite afirmar, por sí sola, que actualmente realice actividad política o proselitismo. Sí incorpora un dato relevante sobre un magistrado cuyo vínculo anterior con el justicialismo está ampliamente documentado y plantea el interrogante acerca de si esa afiliación se mantiene únicamente en términos formales o está acompañada por algún tipo de participación partidaria después de asumir.

Del PJ al Juzgado de Paz
El pasado político de Padilla ya había llegado incluso al propio Superior Tribunal de Justicia.
En 2014, cuando integraba una lista de conjueces y simultáneamente ejercía como concejal de Las Lomitas, el STJ analizó su situación y resolvió excluirlo de aquella nómina por la incompatibilidad derivada del ejercicio de un cargo público.
Una década después seguía apareciendo públicamente como dirigente del justicialismo. En noviembre de 2024, al promocionar actividades deportivas en Las Lomitas, fue presentado como “dirigente de Unidad Justicialista” y destacó el “acompañamiento y gestión del gobernador Gildo Insfrán”.
En marzo de 2025 fue designado juez.
El juez que condenó a los periodistas
El nombre de Padilla cayó al centro de la escena por la Sentencia 351/2026, mediante la cual condenó a Micaela Urdinez, Lautaro Guillamondegui, Joaquín Rajadel y Javier Corbalán a cinco días de arresto, sustituibles por una multa de $282.550 para cada uno, por una supuesta infracción al artículo 73 del Código de Faltas durante una cobertura en la comunidad originaria San José.
ADEPA y FOPEA rechazaron la resolución. Entre los cuestionamientos aparece el criterio relacionado con la ausencia de una matrícula o carnet para ejercer el periodismo. Las entidades recordaron que el ejercicio periodístico en la Argentina no está condicionado a una licencia o autorización estatal.
