El Superior Tribunal de Justicia de Formosa hizo lugar a una acción de mandamus y ordenó al intendente de la Municipalidad de El Espinillo, René David Báez, que eleve al Honorable Concejo Deliberante la rendición de cuentas sobre la percepción e inversión de los fondos del erario comunal correspondientes al año 2024.
La resolución, identificada como Fallo N° 13446 del año 2026, fue dictada el 27 de marzo pasado y notificada formalmente mediante el Oficio N° 71/26.
La causa se caratuló “Sotelo, Martín Rafael s/ Mandamus” —Expte. N° 31, F° 72, Año 2025— y tramita ante la Secretaría de Trámites Originarios del Superior Tribunal, bajo la presidencia de Claudia María Fernández.
El dato que no pasa desapercibido en el mapa político provincial es que el accionante, Martín Rafael Sotelo, es el propio presidente del Concejo Deliberante de El Espinillo: es decir, un dirigente del mismo espacio político que Báez quien debió recurrir a la Justicia para obtener información que, por ley, debería fluir con normalidad institucional.

El fallo deja al descubierto el desorden interno en la estructura del Partido Justicialista local, es decir gildismo.. Que el presidente del cuerpo deliberativo haya tenido que interponer una acción judicial contra el intendente de su propio municipio —y de su propio partido— para acceder a la rendición de cuentas es, cuanto menos, una señal de que la convivencia entre ambas figuras está lejos de ser armoniosa.
Báez es el intendentes más joven de la provincia y un dirigente de confianza del vicegobernador, Eber Solís. Esa protección, al parecer, no alcanzó para evitar el traspié judicial.
Lo que ordena la Justicia
El tribunal resolvió tres puntos centrales:
1) Ordenar al intendente Báez que presente la rendición de cuentas ante el Concejo Deliberante en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación, bajo apercibimiento de las medidas procesales que correspondan;
2) Imponer las costas del proceso al peculio personal del intendente, conforme al artículo 68 del Código Procesal Civil y Comercial; y
3) Regular los honorarios profesionales del abogado patrocinante del accionante, Roberto Manuel Jojot, y de la apoderada del municipio, Alejandra Marlene Morales, en la suma de $487.640, equivalente a 20 “Jus” para cada uno.
La condena en costas personales al intendente es especialmente significativa: implica que la Justicia consideró que no hubo razón legítima para resistir la presentación de la rendición de cuentas, y que esa resistencia le costará dinero de su propio bolsillo a Báez.
Transparencia municipal en la mira
La rendición de cuentas ante el Concejo Deliberante es una obligación legal establecida en el artículo 100, inciso e) de la Ley N° 1.028, el Régimen Municipal de la provincia de Formosa. No se trata de una formalidad optativa sino de un mecanismo de control republicano elemental: el Ejecutivo municipal debe dar cuenta al cuerpo legislativo de cómo se recaudaron y en qué se gastaron los fondos públicos.
Que esa obligación haya debido ser exigida judicialmente habla del clima institucional que se vive en El Espinillo, un municipio pequeño del interior formoseño donde, al parecer, las tensiones internas del oficialismo provincial han comenzado a tener consecuencias concretas para los vecinos y para el funcionamiento del Estado local.
El plazo de diez días hábiles ya está corriendo.

