La diputada provincial por la UCR, Agostina Villaggi, la impulsora de la acción declarativa de inconstitucionalidad contra la habilitación de un noveno mandato para el gobernador Gildo Insfrán, expresó su satisfacción por el dictamen del Procurador General Eduardo Casal que reconoce la competencia originaria de la Corte Suprema en el caso.
“Me sorprendió para bien el dictamen del procurador porque no solamente dice que es competencia originaria de la Corte, sino que hace un desarrollo muy puntilloso sobre todos los antecedentes de reforma de la Constitución de Formosa“, declaró Villaggi en diálogo con VLU 88.5.
La legisladora destacó que Casal fue más allá de lo estrictamente solicitado al pronunciarse también sobre el fondo de la cuestión: “Agrega que a su entender también esta cláusula lesiona estos principios que venimos mencionando“, señaló en referencia a la alternancia en el poder y el sistema republicano de gobierno.

Villaggi explicó que el dictamen del Procurador establece una “estrecha vinculación” entre este nuevo planteo y la causa resuelta por la Corte en diciembre de 2024, cuando el máximo tribunal declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa. “Es como la continuación de una misma causa“, afirmó la diputada, señalando que el propio Casal reconoce las similitudes entre ambos expedientes.
Según la legisladora, esta conexión es fundamental porque “se cuestiona nuevamente la falta de alternancia, la violación al sistema republicano de gobierno” y, sobre todo, contradice lo ya resuelto por la Corte en el precedente de 2024.
Consultada sobre los plazos del proceso, Villaggi anticipó que la resolución definitiva podría llegar “antes de junio de 2027”, justo a tiempo para definir las condiciones del proceso electoral en Formosa. “La Corte tiene que correrle traslado a la provincia, que tiene 60 días hábiles para contestar. Es un tiempo prolongado, pero si se inicia en febrero de 2026, podemos tener la esperanza de tener la resolución antes del 2027″, detalló.
La diputada también se refirió a las declaraciones del ex ministro de Justicia y ex miembro de la Corte Suprema, Rodolfo Barra, quien defendió la constitucionalidad de la cláusula transitoria cuarta. Villaggi fue contundente al señalar que el análisis de Barra omite lo fundamental: “Insfrán lleva ocho mandatos consecutivos en el cargo. Eso no se puede borrar, eso existe y una cláusula transitoria no te puede borrar ocho mandatos de historia“.
Para la legisladora, la diferencia entre “un juez común y un buen juez” radica en la capacidad de analizar el contexto: “No es solamente el artículo en sí, es la cláusula transitoria cuarta porque Gildo Insfrán tiene ocho periodos consecutivos en el cargo. Capaz que si el gobernador actual tendría un primer mandato, la cláusula transitoria no sería para nada inconstitucional”, argumentó.

Villaggi estableció una comparación con la provincia de Santa Fe, donde se incorporó una cláusula similar pero el gobernador lleva apenas un mandato en el cargo. “Las sentencias resuelven casos particulares“, enfatizó, subrayando que lo relevante no es solo la norma abstracta sino las circunstancias concretas en que se aplica.
Con el dictamen favorable del Procurador General, la pelota vuelve ahora a la cancha de la Corte Suprema, que deberá decidir si acepta su competencia originaria y, eventualmente, pronunciarse sobre el fondo de la cuestión: si la cláusula transitoria que “resetea” los mandatos de Insfrán constituye una maniobra para eludir el fallo de 2024 o un cumplimiento formal del mismo.

