El Juzgado Federal N° 1 de Formosa dictó este martes 5 de mayo el procesamiento sin prisión preventiva del rector de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF), Augusto César Parmetler, y de su esposa, Zully Mabel Rivero, en el marco de una causa que investiga presuntos nombramientos ilegales y abuso de autoridad en la casa de estudios.
Según surge de la resolución firmada por el juez federal Pablo Morán, el 28 de julio de 2020 Parmetler —en ejercicio de su función como rector— dictó la Resolución N° 613 mediante la cual incorporó a Rivero a la planta permanente del personal no docente de la UNaF, en el Agrupamiento Administrativo Categoría 1°, con vigencia a partir del 1° de agosto de ese año. Rivero aceptó el cargo el 31 de julio de 2020.
El problema central, según la justicia, es que la designación se realizó sin sustanciar el concurso de oposición y antecedentes que exige el Decreto PEN N° 366/06 —Convenio Colectivo de Trabajo para el personal no docente de las universidades nacionales— en su Título 4, referido al Régimen de Concursos.
A lo largo de la instrucción, la Fiscalía Federal —que había formulado el Requerimiento de Instrucción Formal N° 68/2022— reunió un voluminoso plexo probatorio. Entre los elementos más relevantes se destacan: informes de la AFIP que acreditan la relación laboral previa de Rivero con la universidad desde 2016; el acta de matrimonio que certifica el vínculo conyugal entre ambos imputados, celebrado el 10 de enero de 2020; e informes de la propia Dirección de Recursos Humanos de la UNaF que confirmaron que, desde la creación de la universidad, ningún agente no docente ingresó por concurso, sino siempre por designación directa del rector.
Varios testigos clave declararon en sede judicial. El Secretario General Académico de la universidad, Ramón Alberto Barboza, y el Secretario de Gestión Institucional, Oscar Ramón Drelichman, coincidieron en que el mecanismo habitual de ingreso era la designación directa rectoral, y que la Resolución N° 174/14 —que pretendía reglamentar los concursos— fue declarada nula en 2022 mediante la Resolución N° 13/22 del Consejo Superior.
Los hechos fueron encuadrados en los delitos de proposición y nombramiento ilegal de cargo público (art. 253, primera parte, del Código Penal), en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público (art. 248 del C.P.), en el caso de Parmetler; y en el delito de aceptación ilegal de cargo público (art. 253, segundo párrafo, del C.P.) respecto de Rivero.

Suspendidos por 90 días
El magistrado entendió que no corresponde dictar prisión preventiva, dado que no existen indicios de que los imputados intenten eludir la acción de la justicia y que ambos han estado siempre a disposición del tribunal. No obstante, consideró necesario adoptar una medida cautelar de menor intensidad: el apartamiento temporal del ejercicio de sus respectivos cargos por noventa días, contados desde la notificación de la resolución.
La resolución aclaró expresamente que la medida no tiene carácter sancionatorio ni implica un adelanto de pena, sino que responde exclusivamente a una finalidad cautelar de naturaleza transitoria y revisable.

