El Superior Tribunal de Justicia de Formosa, actuando como Tribunal de Casación, confirmó la condena a prisión perpetua dictada por la Cámara Primera en lo Criminal contra María del Carmen Coronel, hallada culpable del homicidio calificado por el vínculo de su nieta de apenas un año y tres meses.
El crimen ocurrió el 1 de enero de 2023 en el domicilio de la acusada, ubicado en el barrio Divino Niño de la ciudad de Formosa. Coronel estaba al cuidado de varios de sus nietos cuando, tras ingerir bebidas alcohólicas, reaccionó violentamente ante el llanto persistente de una de las mellizas, identificada como J.P. La tomó en brazos y la arrojó con fuerza dos veces contra el piso y una tercera contra un ventilador de pie, provocándole múltiples heridas que causaron su muerte casi inmediata.
Los informes médicos confirmaron que la causa del fallecimiento fue un traumatismo encéfalo craneano grave, producto de impactos contundentes con suficiente fuerza para provocar la muerte. La autopsia descartó cualquier posibilidad de accidente.
El fallo de Casación, dictado por unanimidad bajo el número 6496, rechazó todos los planteos de la defensa de Coronel, que intentó sin éxito impugnar la sentencia por supuesta falta de fundamentación y cuestionar su imputabilidad debido a su estado de ebriedad. El tribunal dejó en claro que no hubo evidencia médica, psicológica ni psiquiátrica que justifique una eximición de responsabilidad penal por consumo de alcohol.
También se descartó el pedido de recalificación del delito a homicidio culposo. Los jueces consideraron que la violencia ejercida por Coronel fue deliberada e incompatible con cualquier explicación basada en negligencia o falta de control. “La gravedad, distribución y características de los golpes evidencian una agresión intencional, no un accidente“, afirma la sentencia.
La decisión del Superior Tribunal valida en todos sus términos la condena impuesta por el Tribunal de Juicio, al considerar que los hechos fueron debidamente probados y que el fallo se ajusta a derecho. “La conclusión a la que arribó la Cámara es producto de una derivación razonada de las comprobadas circunstancias de la causa, sin que exista fisura alguna”, señalaron los magistrados.
El fiscal de Casación también avaló la sentencia original, destacando la precisión y claridad en la descripción de los hechos, así como la solidez de las pruebas que sostienen la acusación.