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La nueva ley penal juvenil ya es oficial: Formosa no tiene dónde alojar a los menores imputados

La jueza de menores Silvana Jarzynski advirtió que la Ley 27801 entra en vigencia recién en 180 días y que la provincia aún carece de la infraestructura especializada que exige la norma para alojar adolescentes de entre 14 y 18 años en conflicto con la ley penal.

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8 minutos de lectura
Publicado: 9 marzo, 2026
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El Gobierno nacional promulgó este lunes la Ley 27801, el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Sancionada en el Congreso durante las sesiones extraordinarias y publicada en el Boletín Oficial, la norma representa una de las reformas más profundas al sistema de justicia juvenil en décadas.

Sin embargo, su aplicación práctica enfrenta un obstáculo concreto e inmediato: la falta de infraestructura adecuada para alojar a los adolescentes que caigan bajo este nuevo régimen.

En diálogo con Algo está pasando – VLU FM 88.5- la jueza de Menores de Formosa, Silvana Jarzynski, jueza de menores aclaró que la publicación en el Boletín Oficial no implica la entrada en vigencia inmediata. “La publicación de la ley no quiere decir que entre en vigencia. La ley entra en vigencia dentro de 180 días de su publicación en el Boletín Oficial“, precisó Jarzynski. Eso sitúa la fecha de aplicación efectiva en torno al 9 de septiembre de 2026. Hasta entonces, seguirá rigiendo la derogada Ley 22.278.

La razón del plazo, explicó la jueza, es estructural: “Hay un período de modificación que se tiene que realizar, no solo desde lo que son las leyes procesales de cada provincia, sino también en lo que se refiere a la estructura. Con esta ley los adolescentes van a poder cumplir no solo penas privativas de libertad, sino también prisión preventiva.”

Durante ese período de transición ambas legislaciones coexistirán. La nueva ley regirá para los hechos cometidos a partir de su entrada en vigencia, mientras que los expedientes iniciados bajo la norma anterior continuarán tramitándose por ese carril. “Va a coexistir durante un tiempo estas dos legislaciones“, dijo Jarzynski, aunque aclaró que si la nueva norma resultara más benéfica para el imputado, podría aplicarse retroactivamente.

¿Dónde se aloja a los menores detenidos?

El corazón del debate apunta a una realidad difícil de ignorar: Formosa no tiene las instalaciones que la propia ley exige. El Centro de Alojamiento Juvenil (CAJÚ), dependiente de la Dirección de Niñez y Adolescencia provincial, cumple hoy funciones de contención, pero está lejos de reunir las condiciones que la Ley 27801 establece para los centros de detención especializada.

“El CAIJÚ es un lugar de alojamiento para adolescentes en conflicto con la ley penal que no tiene la estructura para pasar a ser un servicio como sería un servicio penitenciario“, explicó la magistrada. Y fue aún más directa al señalar que las alcaldías tampoco son una opción: “Si vamos a ajustarnos a lo que establece la ley, las alcaldías no podrían ser los lugares de alojamiento porque está expresamente prohibido que los adolescentes compartan los espacios con mayores de edad.”

La norma es taxativa en varios puntos: los establecimientos deben garantizar acceso a educación, capacitación laboral, atención médica, psicológica y psiquiátrica, además de actividades deportivas y culturales. Y el personal debe contar con formación especializada.

“Los operadores tienen que ser personas especializadas, con conocimiento en derecho penal juvenil, la Convención sobre los Derechos del Niño, el sistema de protección. Las personas que estén en estos lugares tienen que estar preparadas”, subrayó Jarzynski.

Ante la pregunta de si Formosa podrá construir esa infraestructura en 180 días, la jueza fue realista: “Tendríamos que hacer una evaluación. Estos 180 días son para coordinar varias acciones con otros organismos sobre cómo vamos a afrontar esta implementación.”

Pena máxima de 15 años

La nueva ley establece para los adolescentes un régimen de penas que equipara buena parte de las escalas del Código Penal para adultos, aunque con un tope máximo de 15 años de privación de libertad, quedan expresamente prohibidas la prisión y la reclusión perpetua para este grupo etario. “Las penas son prácticamente las que son para los adultos, pero tiene un tope que son los 15 años como máximo“, confirmó la jueza.

Sin embargo, Jarzynski aportó un dato clave para contextualizar la reforma: los adolescentes que quedan comprendidos en las franjas etarias ahora imputables cometen en su gran mayoría delitos contra la propiedad. “La mayoría de los delitos que cometen los adolescentes en las fracciones etarias que entran bajo este régimen son delitos contra la propiedad: hurto, robo, tentativa. O sea, no son delitos graves”, señaló.

La magistrada, que integra el Foro Penal Juvenil y Adolescente de la Junta Federal de Cortes y trabaja con estadísticas nacionales desde hace cuatro años, fue crítica respecto al proceso legislativo: “La cantidad de delitos cometidos por adolescentes tuvo una baja en estos años. Y la estadística que desde distintos organismos fue entregada no fue tenida en cuenta al momento de evaluar la sanción de esta ley.”

¿Quién aplica la ley?

La competencia judicial no varía respecto del esquema actual. “Cuando un adolescente comete un delito con un mayor, intervienen los juzgados de instrucción. Pero cuando comete el delito únicamente el adolescente, intervenimos los juzgados de menores”, explicó Jarzynski. Ambas instancias deberán aplicar la nueva normativa a partir de septiembre.

La ley también incorpora formalmente figuras como la mediación penal juvenil, los criterios de oportunidad y la suspensión del proceso a prueba, mecanismos que el sistema ya venía aplicando en parte. “Estas cuestiones son también las que van a tener que ajustarse en una futura legislación procesal”, indicó la jueza.

Una implementación que exigirá coordinación y recursos

La norma crea la figura del “supervisor”, un profesional especializado encargado del seguimiento personalizado de cada adolescente imputado, con entrevistas semanales, informes mensuales y coordinación con equipos interdisciplinarios. Formar ese cuerpo desde cero antes de septiembre es, cuanto menos, un objetivo muy ambicioso para la provincia.

“Estamos en un proceso en que tenemos que tener una organización para poder aplicarla como la establece“, admitió Jarzynski. Y agregó que el desafío jurídico tampoco será menor: “Pienso que cada artículo va a ser materia de un gran debate jurisprudencial.”

La Ley 27801 fue aprobada por el Congreso el 27 de febrero de 2026 y promulgada este lunes.

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