El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) dio un paso histórico al reconocer formalmente la preexistencia étnica y cultural del pueblo Nivaclé en la provincia de Formosa, mediante la Resolución 220/2025 firmada el 17 de diciembre.
La medida responde al reclamo presentado por referentes de cuatro comunidades —San José, Tisjucat, Lamadrid y Fa´waaicucat— que solicitaron al organismo nacional que se oficialice la existencia de su pueblo, invisibilizado durante décadas en la normativa provincial.
La situación del pueblo Nivaclé en Formosa presenta una paradoja: si bien existen numerosos estudios que acreditan su presencia histórica en el territorio, la Ley Integral del Aborigen N° 426 de la provincia solo reconoce a tres etnias: Pilagá, Qom (Toba) y Wichí. Esta normativa, que data de hace décadas, determina además la composición del Instituto de Comunidades Aborígenes (ICA) provincial, dejando sin representación a las al menos cinco comunidades nivaclé que habitan en Formosa.
Hasta ahora, el INAI se había abstenido de inscribir la personería jurídica de estas comunidades “en respeto al federalismo concertado”, esperando que la provincia actualizara su marco legal. Sin embargo, la presión de las comunidades y el peso de la Constitución Nacional llevaron al organismo a tomar una definición.

Un pueblo dividido por fronteras administrativas
La resolución destaca que el pueblo Nivaclé —denominado Chulupí en la provincia de Salta— ya cuenta con reconocimiento y representación en esa provincia desde 2004. En Salta, dos comunidades tienen personería jurídica inscripta y otras dos están en trámite, además de contar con delegados en el Consejo de Participación Indígena.
El territorio histórico del pueblo Nivaclé se extiende por el valle del río Pilcomayo, región compartida entre Formosa, Salta y la frontera con Paraguay, donde también existe una significativa presencia de esta etnia.
En 2019, la Universidad Nacional de La Plata restituyó los restos de una niña nivaclé que fueron enterrados en la Comunidad de San José de Río Muerto, en un acto que evidenció la existencia y la demanda de reconocimiento de este pueblo.
Qué implica la resolución
El reconocimiento del INAI no avanza sobre las inscripciones de personería jurídica —una competencia concurrente entre Nación y provincia—, pero sí establece tres medidas concretas:
- Reconoce formalmente la preexistencia étnica y cultural del pueblo Nivaclé en Formosa
- Encomienda a la Dirección de Tierras y RENACI del INAI a gestionar ante el Registro de Comunidades Aborígenes de Formosa (RECAF) el tratamiento de las solicitudes pendientes
- Instruye a iniciar el proceso para que el pueblo Nivaclé pueda elegir un representante en el Consejo de Participación Indígena del INAI
La resolución fundamenta su decisión en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, que reconoce “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos”, y en el Convenio 169 de la OIT, que obliga al Estado a proteger la identidad, costumbres y tradiciones de estos pueblos.
Ahora la expectativa está puesta en la Legislatura de Formosa, que deberá actualizar la Ley 426 para incluir al pueblo Nivaclé entre las etnias reconocidas. Esta modificación permitiría que las comunidades accedan a la personería jurídica, tengan representación en el ICA provincial y puedan ejercer plenamente sus derechos sobre tierras comunitarias y recursos.

