La Confederación Frente Amplio Formoseño presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una nueva acción de inconstitucionalidad contra la Provincia de Formosa, esta vez impugnando la cláusula transitoria cuarta de la reforma constitucional provincial aprobada en septiembre pasado.
La controversia se centra en la cláusula transitoria incorporada durante la reforma constitucional que establece que “el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma, deberá ser considerado como primer mandato”. Para la oposición, esta disposición constituye una maniobra para permitir que Gildo Insfrán, quien lleva ocho mandatos consecutivos como gobernador, pueda postularse por novena vez en 2027.
En diciembre de 2024, la Corte Suprema había declarado inconstitucional el artículo 132 de la anterior Constitución formoseña, que permitía la reelección indefinida. El máximo tribunal sostuvo que “la posibilidad de que una persona pueda ser electa durante un número indefinido de períodos consecutivos resulta de difícil consonancia con la pauta republicana” y que habilitar a Insfrán para un nuevo mandato “impone un costo intolerablemente alto a un sistema republicano”.
Como consecuencia de ese fallo, la provincia convocó a una convención constituyente que modificó la norma, adoptando la fórmula del artículo 90 de la Constitución Nacional: “El gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de 4 años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con un intervalo de un periodo”.

Los apoderados Agostina Villaggi y Rodolfo Manuel Basques, representantes del Frente Amplio, sostienen que la cláusula transitoria:
- Viola los artículos 1, 5 y 123 de la Constitución Nacional que establecen el sistema republicano de gobierno
- Contradice el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
- Desobedece el fallo previo de la Corte Suprema
- Afecta el principio de alternancia democrática y la separación de poderes
El escrito judicial describe un panorama de concentración de poder en Formosa, donde Insfrán habría designado a los cinco magistrados del Superior Tribunal de Justicia provincial y tendría influencia directa en la composición del Consejo de la Magistratura. La presentación también cuestiona la independencia del Poder Legislativo, señalando que 22 de los 30 legisladores pertenecen al oficialismo.
La acción hace referencia a la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que la perpetuación de una persona en el poder “conlleva el riesgo de que el pueblo deje de ser debidamente representado por sus elegidos, y que el sistema de gobierno se asemeje más a una autocracia que a una democracia”.
Los demandantes argumentan que existe gravedad institucional suficiente para justificar la intervención de la Corte Suprema en su competencia originaria, ya que estarían en juego “instituciones básicas de la Nación” que la provincia está obligada a resguardar.

Gildo Insfrán asumió por primera vez como vicegobernador en 1987 y como gobernador en 1995. De confirmarse su postulación para el período 2027-2031, habría ejercido los máximos cargos provinciales durante más de cuatro décadas de manera ininterrumpida, una situación que la oposición considera incompatible con el sistema republicano de gobierno.
La Corte Suprema deberá decidir ahora si admite esta nueva acción y si considera que la cláusula transitoria efectivamente vulnera principios constitucionales fundamentales, en un caso que podría sentar precedentes importantes sobre los límites de la reelección en el sistema federal argentino.
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