El debate sobre la reelección indefinida en la provincia de Formosa tomó un nuevo giro con el dictamen del Procurador General de la Nación, Casal, en el marco del caso Confederación Frente Amplio Formoseño c/Formosa.
La acción judicial impulsada por la oposición busca declarar inconstitucional el artículo 132 de la Constitución provincial, que permite la reelección indefinida del gobernador y vicegobernador, y que en la práctica habilitó al actual mandatario Gildo Insfrán a postularse por octava vez consecutiva.
En su dictamen, Casal fue contundente al afirmar que la norma provincial vulnera los principios republicanos de periodicidad y renovación de mandatos, esenciales para garantizar un sistema democrático.
“La alternancia y la periodicidad son requisitos esenciales para la realización de las finalidades republicanas. La falta de alternancia afecta significativamente la separación de poderes y la existencia de un sistema abierto en el que los ciudadanos puedan competir por el acceso a los cargos públicos en condiciones generales de igualdad”, destacó el Procurador.
Asimismo, el dictamen subrayó que el artículo 132 de la Constitución formoseña contradice el artículo 5° de la Constitución Nacional, que obliga a las provincias a garantizar un sistema de gobierno representativo y republicano.
También recordó los lineamientos de la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que estableció que la reelección indefinida es incompatible con los principios democráticos y los derechos políticos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Casal enfatizó que el sistema republicano argentino se fundamenta en la limitación del poder, y que permitir la perpetuación en el cargo del gobernador fomenta desequilibrios en el sistema de frenos y contrapesos. “El poder no puede ejercerse de manera perpetua sin afectar la división de poderes ni sin dar ventajas indebidas al mandatario en funciones frente a otros competidores”, sostuvo.
El Procurador también respondió a los argumentos de la provincia de Formosa, que defendió la validez del artículo 132 al compararlo con la posibilidad de reelección indefinida en el Poder Legislativo y la permanencia de los jueces en sus cargos. Según Casal, esta comparación no es válida porque “el carácter unipersonal del Poder Ejecutivo contrasta con la composición colegiada del Legislativo y la inamovilidad de los jueces, que busca proteger la independencia judicial”.
Por último, Casal advirtió que este tipo de normas no solo afecta la calidad democrática interna, sino que también puede comprometer la responsabilidad del Estado Nacional ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Recordó que las provincias, como entidades integrantes del sistema federal, deben ajustar sus constituciones locales a los compromisos internacionales asumidos por Argentina.
El dictamen, aunque no vinculante, representa un fuerte llamado de atención sobre las implicancias de la reelección indefinida en el marco del sistema republicano. La Corte Suprema tendrá ahora la última palabra en un fallo que podría sentar un precedente histórico para el país.