En medio del debate sobre la asunción de Atilio Basualdo como diputado nacional y su actual cargo de intendente, el diputado Fernando Carbajal brindó precisiones, en la 88.5, sobre las dudas sobre una posible convocatoria a elecciones municipales.
La polémica surgió cuando Sandra Moreno, integrante de la Junta Electoral Permanente, advirtió públicamente sobre una incompatibilidad para que Basualdo asuma como diputado nacional manteniendo su intendencia, sugiriendo que debería convocarse a elecciones según lo establecido en la ley 1028 sobre caducidad de mandatos.
Consultado sobre el tema, Carbajal cuestionó la intervención pública de la funcionaria judicial: “Me parece francamente inadecuado que la presidenta del tribunal salga a dar opiniones jurídicas previas. Más allá de que es una jueza administrativa, no deja de ser un funcionario que tiene un marco de jurisdicción que puede tener que intervenir en el tema, debería abstenerse de opinar”.

Sin embargo, el legislador nacional aclaró que la solución al aparente conflicto es “bastante sencilla” y se basa en los tiempos de asunción del cargo.
Carbajal explicó que, contrariamente a lo que muchos creen, la asunción de los diputados nacionales no es el 10 de diciembre. “El mandato técnicamente vence el 11. Recordemos que la sesión preparatoria fue el día 7 de diciembre y seguramente ahora va a ser así también”, señaló.
“Lo que va a tener que hacer Basualdo es no asumir el día 7, ni 8, ni 9, ni 10 y asumir el 11, el 12, el 13, el 14, que existe la posibilidad de hacerlo. De hecho, esto suele pasar, que se producen recambios y algunos asumen algunos días después“, explicó el diputado formoseño.
La estrategia es clara: “Si él renuncia antes del 10 de diciembre al cargo de intendente, deberían hacer elecciones. Ahora, si él renuncia el día 11 de diciembre, ya debería asumir el presidente del Concejo Deliberante, quien se convierte en intendente”.
Carbajal fue enfático al aclarar el concepto jurídico: “Uno es diputado nacional en el momento en que jura. Mientras no jure, él puede seguir siendo intendente, porque de hecho podría renunciar a la diputación”.
El legislador recordó el principio constitucional de que “el cuerpo es juez de sus miembros”: “Él queda investido del cargo en el momento del juramento. Hasta ese momento no es diputado. Es un electo como diputado, pero no asume el cargo, por lo cual tampoco ingresa en incompatibilidad. Y hasta que no jure no va a estar en incompatibilidad”.
Según Carbajal, Basualdo deberá asumir “en la primera sesión posterior a la sesión preparatoria, que va a ser seguramente el 11, 12 o 13 de diciembre“. De esta manera, su mandato como intendente ya habrá finalizado cuando jure como diputado nacional, y será reemplazado automáticamente por el presidente del Concejo Deliberante de su municipio.

