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La Convención eliminó la reelección indefinida, pero el gildismo habilitó a Insfrán a ser candidato en el 2027

Acatando el fallo de la Corte Suprema, el gildismo eliminó la reelección indefinida para gobernador y vicegobernador, pero una cláusula transitoria permite que los a Gildo Insfrán y Eber Solís se postulen nuevamente.

Última actualización: 3 septiembre, 2025 20:38
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La Convención Constituyente de Formosa aprobó este miércoles la modificación del artículo 132 de la Constitución provincial que elimina la reelección indefinida para los cargos de gobernador y vicegobernador, en cumplimiento del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, el oficialismo logró incluir una cláusula transitoria que habilitaría un nuevo mandato para Gildo Insfrán y Eber Solís.

La votación se realizó con 21 votos del bloque justicialista y el apoyo de Esteban Servín del bloque Nuevo País, mientras que la Unión Cívica Radical y el convencional Fabián Firman Firman votaron en contra por considerar que la cláusula transitoria viola el espíritu del fallo de la Corte Suprema.

El artículo 132 quedó redactado de la siguiente manera: “El gobernador y vicegobernador duran en sus funciones el término de 4 años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con un intervalo de un periodo”.

Esta fórmula replica el artículo 90 de la Constitución Nacional que regula la reelección presidencial, estableciendo un límite de dos períodos consecutivos con la posibilidad de volver a presentarse después de un intervalo.

El punto más controvertido fue la aprobación de la cláusula transitoria 4, que establece: “El mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá ser considerado como primer periodo“.

Esto significa que Gildo Insfrán, quien lleva ocho mandatos consecutivos desde 1995, podría presentarse para un noveno período al considerar el actual (2023-2027) como el primero bajo la nueva normativa. El mismo criterio se aplicaría al vicegobernador Eber Solís.

Servín acompaño al gildismo con su voto

El convencional justicialista, Rodrigo Vera, defendió la cláusula transitoria argumentando que es similar a las utilizadas en otras reformas constitucionales provinciales y nacionales. Citó precedentes de provincias como Buenos Aires, Chaco, Chubut y Entre Ríos, además de señalar que la propia Corte Suprema validó una cláusula similar en el caso de Santiago del Estero.

“No estamos haciendo nada nuevo, no estamos haciendo nada a la medida de nadie, es lo que sale en todas las convenciones constituyentes“, afirmó el legislador oficialista, agregando que “12 provincias en la Argentina tienen el mismo modelo del artículo 90 de la Constitución Nacional”.

Por su parte, la convencional de la UCR, Lucila Aguayo, sostuvo que la cláusula transitoria “viola el fallo de la Corte Suprema” y advirtió que podría llevar a la provincia “a caer en rebeldía jurídica, allanando el camino para su intervención federal”.

La radical recordó que la Corte fue clara al sostener que “el Tribunal Electoral Permanente de la provincia de Formosa no debió oficializar la candidatura de Insfrán para el cargo de gobernador para el periodo 2023-2027″, considerando que ya había ejercido “ininterrumpidamente los más altos cargos provinciales por un total de 37 años“.

El convencional Firman fue más directo en sus críticas, calificando la maniobra como “el premio Nobel del engaño al pueblo formoseño” y denunciando que se trata de una “constitución comunista” que perpetúa un “modelo formoseño comunista”.

El proceso de reforma se desencadenó por el fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa, considerando que vulneraba el principio republicano consagrado en el artículo 5° de la Constitución Nacional.

La Corte había sostenido que “la posibilidad de que una persona pueda ser electa durante un número indefinido de períodos consecutivos resulta de difícil consonancia con la pauta republicana” y que habilitar a Insfrán para un nuevo mandato “impone un costo intolerablemente alto a un sistema republicano”.

Con esta reforma, Formosa se alinea formalmente con los parámetros constitucionales nacionales, aunque la cláusula transitoria mantiene abierto el debate sobre si realmente cumple con el espíritu del fallo de la Corte Suprema o si constituye una maniobra para prolongar el poder del actual gobernador.

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ETIQUETADO:Corte Suprema de JusticiaEber SolísGildo InsfránReelección indefinidaReforma Constitucional
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